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Pensiones de alimentosMateria del recurso

¿Sabías que la ley contempla varias medidas para asegurar el pago de la pensión?

Hay medidas concretas, y no dependen de que la otra parte quiera cumplir.

Por Dasna González Rojas · última revisión el

Cuando una pensión decretada no se paga, la respuesta no es insistir indefinidamente. La legislación contempla medios concretos para asegurar el cumplimiento, y se piden.

Los más conocidos son el arresto del alimentante y el arraigo, que impide salir del país. Hay otros que suelen pasar desapercibidos y resultan muy eficaces: la retención de la devolución anual del impuesto a la renta y la suspensión de la licencia para conducir vehículos motorizados.

Cuál corresponde, y en qué orden, depende de la resolución que exista y de cuánto se adeuda. Este texto sirve para saber que existen, no para elegir entre ellas.

En qué se basa

  • Publicación original de la serie «¿Sabías qué?», hacia julio de 2021

    Elaboración propia · consultada el

Qué significa en la práctica

Reunir la resolución, el detalle de lo adeudado y las fechas. Sin esos tres datos no avanza ninguna de estas medidas.

Cuándo conviene consultar

En cuanto el incumplimiento deja de ser puntual. Esperar acumula deuda y complica acreditar desde cuándo.

Sobre lo mismo

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Contenido informativo y general. No constituye asesoría jurídica ni reemplaza una consulta sobre tu caso concreto.