Pensiones de alimentosMateria del recurso
¿Sabías que la ley contempla varias medidas para asegurar el pago de la pensión?
Hay medidas concretas, y no dependen de que la otra parte quiera cumplir.
Por Dasna González Rojas · última revisión el
Cuando una pensión decretada no se paga, la respuesta no es insistir indefinidamente. La legislación contempla medios concretos para asegurar el cumplimiento, y se piden.
Los más conocidos son el arresto del alimentante y el arraigo, que impide salir del país. Hay otros que suelen pasar desapercibidos y resultan muy eficaces: la retención de la devolución anual del impuesto a la renta y la suspensión de la licencia para conducir vehículos motorizados.
Cuál corresponde, y en qué orden, depende de la resolución que exista y de cuánto se adeuda. Este texto sirve para saber que existen, no para elegir entre ellas.
En qué se basa
Publicación original de la serie «¿Sabías qué?», hacia julio de 2021
Qué significa en la práctica
Reunir la resolución, el detalle de lo adeudado y las fechas. Sin esos tres datos no avanza ninguna de estas medidas.
Cuándo conviene consultar
En cuanto el incumplimiento deja de ser puntual. Esperar acumula deuda y complica acreditar desde cuándo.
Sobre lo mismo
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Contenido informativo y general. No constituye asesoría jurídica ni reemplaza una consulta sobre tu caso concreto.
